Audiencia solicitada por Nao será la semana entrante
Redacción de Municipio, Gente y Opinión
TRIBUNAL SUPERIOR ELECTORAL RD. |
En declaraciones exclusivas para este medio, Mena dijo que
fue enterado por el personal de secretaria del referido Tribunal, de que en
tres días laborables se había fijado la audiencia solicitada, a fin de conocer
las irregularidades que según sus alegatos se cometieron en las primarias internas
del PLD, el pasado 13 de diciembre en este municipio.
La demanda en nulidad de las elecciones internas del PLD en Esperanza,
fue solicitada por Nao Mena por serias irregularidades que se habrían cometido
durante el proceso, entre las que cita, actas que no contienen la cantidad de
boletas válidas, ni tampoco las firmas de los votantes, lo que viola los artículos 18, 19 y 20 del
reglamento.
De igual forma, dice que existen boletas sin sellar, lo que
constituye una franca violación al artículo 19 letra f) del instructivo.
Mena alega también el hurto de una urna por parte del
director de la junta distrital de Paradero, el dislocamiento del padrón de
electores, entre otras irregularidades que fueron documentadas en su solicitud.
La alta dirección del PLD, rechazo la solicitud hecha por
Mena, lo que le obligo a recurrir al alto tribunal, a fin de hacer valer sus
derechos.
Jurisprudencia:
El Tribunal Superior Electoral (TSE) dicto sentencia
jurisprudencial en esa materia, al declarar nula las elecciones en 70 colegios
o mesas para elegir a los candidatos a miembros del Comité Central del Partido
de la Liberación Dominicana (PLD), en la Circunscripción número 3 del Distrito
Nacional, en el nivel local.
El tribunal acogió una demanda en nulidad del proceso,
interpuesta por Luis Antonio López, Carlos Sánchez Quezada, Altagracia Teotiste
Sánchez, Danilo Rojas Rivero, María Virgen Martínez, Wilfredo Vásquez Rivera,
Ramón Polanco Monegro, Vicente Santos Veloz y Luis Mota León, contra Mirna Tejada,
Rosa Pérez y Nicolás Mateo.
TC ratifico demanda en nulidad.
El Tribunal Constitucional (TC) ratificó la nulidad de las
elecciones en 70 colegios o mesas para elegir a los candidatos a miembros del
Comité Central del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), en la
Circunscripción Número 3 del Distrito Nacional, en el nivel local.
La alta corte confirmó la Sentencia núm. TSE-026-2014,
dictada por el Tribunal Superior Electoral el 6 de mayo de 2014, que declara
las elecciones internas nulas y sin ningún valor ni efecto jurídico.
Expertos en materia legal, consultados por la redacción de Municipio, Gente y Opinión, señalan
que el TSE, tendrá que acoger la demande en nulidad, puesto que son los mismos
alegatos que en la ocasión anterior del Comité Central, lo que pondría al PLD,
en una crítica situación, puesto que el tiempo para la formulación de alianzas
y candidaturas se agota y no se vislumbra una salida armoniosa.