PIDE, ADEMÁS, QUE
SE DECLARE NULA Y SIN NINGÚN VALOR JURÍDICO LAS DECISIONES ADOPTADAS EN SU
CONTRA
Ramón Cruz Benzan
Santo Domingo
El suspendido
alcalde La Romana ,
Juan Antonio Adames Bautista (Tony) presentó un recurso de amparo ante el
Tribunal Superior Electoral (TSE), en contra de la decisión del Concejo de
Regidores de ese Ayuntamiento, que lo destituyó alegando que el ejecutivo municipal
tiene varios casos pendientes en la justicia por la emisión de cheques sin
fondos y otras irregularidades.
El recurso fue
presentado por Adames Bautista, por ante la secretaria del TSE, a través de sus abogados Francisco Rosario
(Frank) Martínez), Fernando Arturo Ceballo Areche y Marcelino Guerrero Berroa,
con el cual busca que el tribunal ordene su inmediata restitución como alcalde
del municipio de La Romana.
En la instancia el
alcalde pide además que se declare nula y sin ningún valor jurídico las
decisiones adoptadas en su contra, contenidas en el acta de sesión
extraordinaria 10-13, del 23 de setiembre pasado, donde entre otra cosa
juramentaron como alcalde a la vicealdesa Maritza Suero, del Partido
Revolucionario Dominicano (PRD).
Asimismo, pidieron a
los jueces del TSE, que preside Mariano Rodríguez, e integrado por José Manuel
Hernández Peguero, Mabel Feliz, Marino Mendoza y Jhon Guiliani, ordenar al
referido Concejo de Regidores el pago de una atrieinte de 20 mil pesos, diario
por cada día de retardo en le ejecución de la decisión que intervenga.
Sostienen los
abogados del alcalde que el Consejo de Regidores solo tiene, de acuerdo a la Constitución y las leyes, un carácter normativo y
fiscalizador, por lo que por tanto no puede atribuirse funciones que son
propias de los órganos jurisdiccionales de la nación.
Destacan que el
referido consejo busca crear un clima de ingobernabilidad y de incertidumbre en
el Ayuntamiento, ya que pretenden sustituir la firma del alcalde, lo que
crearía un estancamiento en las operaciones de carácter económico, que daría al
traste con la paralización del gobierno municipal y que afectaría a los
empleados, suplidores, contratistas, entre otros.
Sostienen que el
alcalde a título personal no ha cometido ningún acto que comprometa su
responsabilidad penal, tras señalar que los regidores han hecho una errónea y
anticipada interpretación del artículo 44 de la Ley 176-07, del Distrito Nacional y los
municipios, lo que resulta contraria al derecho fundamental de la presunción de
inocencia y el debido proceso.
Los regidores
suspendieron al alcalde de manera
temporal hasta tanto concluyan
los casos penales pendientes y regularice su situación frente a la justicia,
donde tienes unos tres expedientes por la emisión de cheques sin fondos.
