Gobierno revela cambios hechos al proyecto de PN
INCLUYEN ASPECTOS IMPORTANTES DE REFORMA POLICIAL Y LA DNCD
Tal y como informó LISTÍN DIARIO en su edición de ayer, el Poder Ejecutivo eliminó los párrafos uno y dos del artículo 23 del Proyecto de Ley de Reforma Policial que había enviado al Congreso, debido a que el primero obligaba al Presidente de la República a escoger al jefe de la Policía de una terna de los cinco generales con mayor tiempo en el rango, mientras que el segundo le imponía designarlo por un período de tres años.
Con la decisión queda a discreción del Presidente de la República designar a quien considere como jefe de la Policía Nacional y el tiempo que debe durar en el cargo.
El párrafo I del artículo 23 establecía: “El Presidente de la República designará como director general de la Policía Nacional a un oficial general de los cinco primeros colocados en orden del escalafón. En tanto que el párrafo II expresaba que: “La designación del director general de la Policía Nacional se hace por un período máximo de tres años”.
De igual modo, fue eliminado el numeral 8 del artículo 17 de la referida ley, que incluía al presidente de la Dirección Nacional de Control de Drogas como miembro del Consejo Superior de Policial, lugar que será ocupado por el titular de la Dirección Central de Antinarcóticos de la Policía Nacional.
Asimismo, el Poder Ejecutivo eliminó el artículo 69 que establecía prohibiciones de transferencias del personal de las Fuerzas Armadas a la Policía. También fue modificado el artículo 90 que exigía altos niveles de educación para los fines de ascensos, por lo que le fueron eliminados los numerales 1, 2 y 3, que establecían que para ascender al nivel medio “se requiere del título de licenciado en ciencias policiales”, para ascender al nivel superior se requiere de una especialidad policial, mientras que para ascender al nivel de dirección se exigía el título de Maestría.
La última modificación introducida al proyecto fue prescindir de la primera disposición final del proyecto que introducía modificaciones a la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas, por considerar que la misma no era materia propia de la Ley Orgánica de la Policía Nacional, pudiendo ser considerada en futuras modificaciones a la normativa especializada de la materia.
Aunque fue informado como parte de las modificaciones, según informes, también fue dejada sin efecto la parte del proyecto que colocaba a la Dirección Nacional de Drogas bajo el mando de la Procuraduría General de la República. Al dar a conocer las modificaciones, el ministro de la Presidencia, Gustavo Montalvo, dijo que las mismas no afectan los aspectos sustantivos del referido proyecto de Ley.
Montalvo motivó la decisión explicando: “Comprendimos desde la Presidencia que, por la forma en que se habían presentado algunos aspectos en el proyecto de ley, se podrían crear discrepancias innecesarias y alentar debates que dificultarían su paso por el Congreso Nacional. Nos dimos cuenta también de que esos puntos se podían mejorar de manera sencilla, y así lo hicimos”. El ministro de la Presidencia aclaró que solicitaron el texto al Congreso Nacional para hacer esos ligeros cambios y reintroducir el proyecto de inmediato.
LOS BENEFICIOS DE LA NUEVA INICIATIVA
Montalvo hizo énfasis en apuntar que el gobierno del presidente Danilo Medina es responsable, que no tiene miedo de revisar sus acciones ni de modificarlas, si existe el convencimiento de que con ello se alcanzarán mejores resultados. “Es un ejercicio de honestidad el aceptar que todo lo que hagamos puede ser mejorado”, sostuvo.
Montalvo dijo que lo importante es que se tiene un proyecto que, como ya afirmó el ministro de Interior y Policía, José Ramón Fadul, ha sido consensuado con todos los sectores que inciden en la problemática de la seguridad ciudadana y es el fruto de un trabajo serio e integral. Instó al Congreso a analizar el proyecto y a valorarlo positivamente para que el país pueda contar muy pronto con una herramienta fundamental para transformar y modernizar nuestra policía.
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