miércoles, 16 de marzo de 2011

Mayoría simple a Ley CNM; pero dicen que viola Constitución

Juristas plantean que una ley orgánica debe ser aprobada por las dos terceras partes
Se ha abierto un debate sobre la legalidad de la votación. LUIS GOMEZ

SANTO DOMINGO. La Cámara de Diputados acogió en única lectura por mayoría simple, las observaciones que hizo el Poder Ejecutivo a la ley orgánica que crea el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).

De inmediato, la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) y el jurista Eduardo Jorge Prats consideraron que la aprobación por mayoría simple a las observaciones hechas por el Ejecutivo viola el artículo 102 de la Constitución de la República.

La iniciativa fue acogida con 92 votos, 71 la rechazaron y tres no votaron. La sanción abre un debate sobre la legalidad o no de la decisión, punto sobre el cual no hubo acuerdo en el organismo.

"Con esta interpretación de las mayorías necesarias para aprobar las observaciones presidenciales a las leyes orgánicas, el Congreso Nacional cometió un verdadero atentado a la Constitución", sostuvo Servio Tulio Castaños Guzmán, de la Finjus.

Comentó que no es conveniente que se abuse de los procesos parlamentarios, de las mayorías en el CNM ni de la facultad presidencial de observar las leyes.

Jorge Prats plantea que para aprobar las observaciones del Presidente la práctica ha sido que basta con la mayoría simple y que solo para rechazar las mismas se requieren las dos terceras partes, partiendo del supuesto de que el régimen sea establecido para leyes ordinarias.

"Pero tratándose de leyes orgánicas, entendemos que, incluso, para aceptar las observaciones del Presidente se requerían las dos terceras partes presentes".

El procedimiento

Tras la votación que acogió las observaciones del CNM, los diputados del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) abandonaron el hemiciclo, denunciando que la decisión es inconstitucional, ya que por ser una ley Orgánica, se requería una votación especial de dos terceras partes.

Previamente, Rafael Abreu, del PRD por San Cristóbal, solicitó que la pieza se quedara sobre la mesa, propuesta que fue rechazada por 95 diputados.

Nelson Arroyo, vocero del PRD, afirmó que la Oficina Técnica de la Cámara de Diputados rindió un informe que señala que para aprobar la observación debía contarse con las dos terceras partes de los presentes en la sesión, sugerencia que, según dijo, fue rechazada por la Comisión de Justicia por llegar fuera de tiempo y anunció que su bancada no votaría por la observación presidencial.

Mientras que Ramón Rogelio Genao, portavoz del PRSC, lamentó que el PRD pidiera que se incluyera al Procurador en el CNM cuando se conocía la Reforma a la Constitución, porque contaban que obtendrían el favor de la mayoría del electorado nacional y así tener el dominio del organismo que designa los jueces y señaló que si no se acogen las observaciones del Ejecutivo, en dos legislaturas sería automáticamente Ley.

Carlos Gabriel García, del PRD, definió como "muy delicado" el tema, tras señalar que agrupaciones empresariales y de la sociedad civil, advirtieron como un peligro e inamisible obviar el voto cualificado, y sostuvo que aprobar la ley con mayoría simple, sería "llevar al precipicio el país a nivel institucional".

En igual tenor se pronunció Hugo Tolentino Dipp, del PRD, quien recordó que el presidente Leonel Fernández decía, cuando el PRD contaba con la mayoría en el Congreso Nacional, que el PRD ejercía una tiranía legislativa, y ahora no.

En tanto que Pelegrín Castillo, de la Fuerza Nacional Progresista (FNP), consideró que si no se producía un acuerdo sobre este punto, lo ideal era hacer mayores consultas sobre el tema, porque "se puede cometer errores funestos para las futuras generaciones".

Gustavo Sánchez, vocero del PLD, criticó que se quisiera hacer ver que los diputados del partido morado trataban de violar la Carta Sustantiva de aprobar las observaciones de la ley.

Minou en contra

La diputada Minou Tavárez Mirabal votó en contra de la moción y deploró que no se le concediera la palabra, durante los debates, que el vocero de su bancada había pedido cerrar. Explicó que en todas las circunstancias, para las leyes orgánicas se requieren mayorías cualificadas. "Entender lo contrario significaría desnaturalizar el significado mismo de las leyes orgánicas, que de acuerdo con el Artículo 112 de la Constitución, requieren para su aprobación y modificación las dos terceras partes de los presentes", concluyó.

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