
SANTO DOMINGO. El Poder Ejecutivo declaró los días del 24 al 30 de noviembre venidero "Días del IX Censo Nacional de Población y Vivienda", aunque aclara que el período de empadronamiento censal no afectará el normal desarrollo de las actividades públicas y privadas del país.
El Ejecutivo dispuso la medida mediante el decreto 578-10, que en su segundo artículo declara que el empadronamiento censal se realizará a nivel nacional durante un período de siete días, y que la Oficina Nacional de Estadísticas adoptará los procedimientos necesarios para su ejecución.
Mientras que en el artículo cuatro de la disposición se advierte sobre posibles multas a las personas que se nieguen a suministrar la información necesaria para responder las preguntas contenidas en la boleta censal.
El referido decreto tambien declaró, que durante el empadronamiento censal no se afectará el normal desarrollo de las actividades públicas y privadas. El ejecutivo explica en el segunda artículo de la disposición, que el empadronamiento censal se realizará a nivel nacional durante un período de siete días, y que la Oficina Nacional de Estadísticas (ONE) adoptará los procedimientos necesarios para su ejecución. Asimismo, en el artículo cuarto del decreto se advierte sobre posibles multas a las personas que se nieguen a suministrar la información necesaria para responder las preguntas contenidas en la boleta censal, aunque no especifica en que consistirían dichas sanciones.
En el decreto se señala que las instituciones públicas pondrán a disposición de la ONE, durante dos semanas, personal con sus salarios y viáticos, vehículos con choferes y costos asociados y combustibles para apoyar el desarrollo del IX Censo Nacional de Población y Vivienda, a desarrollarse del 24 al 30 de noviembre del 2010.
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